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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
278

Artículo 278 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo es como una regla de seguridad para quien está a cargo de los explosivos en un barco o base militar. Antes de abrir las bodegas donde se guardan la pólvora y las balas (llamadas "pañoles"), avísale al oficial de artillería y al de guardia. Después de usarlos, antes de cerrarlos, tienes que revisar bien que no haya quedado encendida ninguna lámpara o fuente de fuego adentro. Es para evitar una explosión.

Texto oficial

Artículo 278.- Avisará al Oficial de artillería y al de guardia siempre que tenga que abrir los pañoles de pólvora o municiones, y antes de cerrarlos se cerciorará de que no quedan en ellos luces encendidas.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 46) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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