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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
313

Artículo 313 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 313 le pide a la persona encargada del barco que revise bien que las cadenas, los amarres de los mástiles de repuesto, los botes chiquitos y las anclas estén seguros cuando se está en el mar. También tiene que tener listas las anclas al entrar o salir del puerto, y que funcionen bien las mordazas (frenos para cadenas) y los estopores (tapones). Si algo se daña, el responsable tiene la culpa, a menos que demuestre que fue cuidadoso, que advirtió a tiempo del peligro o que el daño no se podía evitar.

Texto oficial

Artículo 313.- Pondrá especial atención en el estado de las cadenas, la seguridad del trincado de la arboladura de respeto en la mar, de las embarcaciones menores y de las anclas, el apresto de ellas al entrar o salir de puerto y el buen servicio de mordazas y estopores; quedando responsable de toda avería en que no justifique inculpabilidad por haber cumplido con celo y hecho presente a tiempo el riesgo del daño, o el no caber previsión en el caso.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 49) ↗

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