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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
312

Artículo 312 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 312 dice que la persona encargada del equipo en un barco debe organizar todo lo que está a su cargo (como herramientas, provisiones o materiales) en los cuartos de almacenamiento (pañoles). Tiene que acomodarlos para que sea fácil encontrarlos, estén listos para usarse rápido y se mantengan en buen estado. Además, si nota que algo está dañado o no funciona bien, debe avisar al Oficial de equipo de inmediato para que lo arreglen sin demora.

Texto oficial

Artículo 312.- Cuidará del arreglo de los efectos de cargo y su colocación en los pañoles, distribuyéndolos de modo que se encuentren con facilidad, bien dispuestos para poder usarlos con prontitud y en conveniente estado de conservación. Noticiará el Oficial de equipo cualquier defecto que notare, para su inmediata corrección.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 49) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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