- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 312
Artículo 312 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 312 dice que la persona encargada del equipo en un barco debe organizar todo lo que está a su cargo (como herramientas, provisiones o materiales) en los cuartos de almacenamiento (pañoles). Tiene que acomodarlos para que sea fácil encontrarlos, estén listos para usarse rápido y se mantengan en buen estado. Además, si nota que algo está dañado o no funciona bien, debe avisar al Oficial de equipo de inmediato para que lo arreglen sin demora.
Texto oficial
Artículo 312.- Cuidará del arreglo de los efectos de cargo y su colocación en los pañoles, distribuyéndolos de modo que se encuentren con facilidad, bien dispuestos para poder usarlos con prontitud y en conveniente estado de conservación. Noticiará el Oficial de equipo cualquier defecto que notare, para su inmediata corrección.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.