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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
316

Artículo 316 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El responsable del lugar debe cuidar bien todo el equipo y las herramientas que le fueron encargadas. Si algo necesita ventilarse o secarse, tiene que proponer cómo hacerlo, y si algo empieza a descomponerse, debe sugerir que lo reparen a tiempo. Cuando toque desechar cosas, solo va a sacar aquellas que ya no se puedan arreglar de ningún modo.

Texto oficial

Artículo 316.- Pondrá especial cuidado en la conservación de todos los pertrechos y útiles de su cargo, proponiendo lo conveniente para el oreo de los que lo necesiten y la oportuna reparación de los que comiencen a deteriorarse. En las exclusiones sólo presentará los objetos que ya no admitan compostura de ninguna clase.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 50) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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