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Artículo 323 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se desarma un barco, los contramaestres (los encargados del equipo y los materiales) deben juntar y empacar todo lo que les toca cuidar. Tienen que marcar los paquetes por separado, anotando qué contiene cada uno, su tipo, calidad y cantidad, y también señalar las cosas que necesiten reparación o que ya no sirvan. Además, deben tomar todas las precauciones para que lo que se entregue al almacén no se eche a perder o se dañe. Al entregar cada cosa, el contramaestre principal tiene que pedir un recibo al empleado del almacén, donde se anote el estado, peso y tamaño de lo que se deja, y luego debe presentar ese comprobante cuando termine todo el desarme.

Texto oficial

Artículo 323.- Al desarmarse el buque, hará que los Contramaestres subalternos cuiden de recoger y empacar los pertrechos de su cargo, marcando por separado los bultos, especificando la clase, calidad y cantidad de los efectos que contengan y anotando los útiles que deban repararse o excluirse; y procurará se tomen todas las precauciones para impedir que los efectos que se entreguen a los almacenes sufran deterioro o maltrato. Al efectuar la entrega de cada artículo, el Contramaestre de cargo recabará recibo del empleado encargado de almacenarlos, determinando su estado, peso y dimensiones, y quedará aquél responsable de presentar dicho resguardo al terminar el servicio de desarme.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

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