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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
332

Artículo 332 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe no debe estorbar a sus subalternos cuando estén haciendo su trabajo, al contrario, debe apoyarlos si sus decisiones son justas. Si los subalternos cometen un error o hacen algo malo, el jefe debe llamarles la atención, pero sin insultarlos ni maltratarlos de ninguna forma. Después de eso, tiene que avisar al Oficial de guardia y también directamente al que manda la brigada a la que pertenecen los que fallaron.

Texto oficial

Artículo 332.- No entorpecerá por motivo alguno el ejercicio de las funciones de sus subalternos, sino antes bien los apoyará en sus determinaciones cuando sean justas. Si faltaren o dieren motivo para que se les reprenda, lo hará sin maltratarlos de palabra u otra manera, dando parte enseguida al Oficial de guardia y directamente al que mandare la brigada a que correspondan los culpables.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 51) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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