- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 332
Artículo 332 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe no debe estorbar a sus subalternos cuando estén haciendo su trabajo, al contrario, debe apoyarlos si sus decisiones son justas. Si los subalternos cometen un error o hacen algo malo, el jefe debe llamarles la atención, pero sin insultarlos ni maltratarlos de ninguna forma. Después de eso, tiene que avisar al Oficial de guardia y también directamente al que manda la brigada a la que pertenecen los que fallaron.
Texto oficial
Artículo 332.- No entorpecerá por motivo alguno el ejercicio de las funciones de sus subalternos, sino antes bien los apoyará en sus determinaciones cuando sean justas. Si faltaren o dieren motivo para que se les reprenda, lo hará sin maltratarlos de palabra u otra manera, dando parte enseguida al Oficial de guardia y directamente al que mandare la brigada a que correspondan los culpables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.