- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 343
Artículo 343 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 343 habla de las responsabilidades de alguien en un barco. Esa persona debe encargarse de cuidar la bitácora (que es como el diario de navegación del barco) y asegurarse de que el que cuida la bandera la tenga en buen estado y lista para usarse. También tiene que vigilar que los faroles que se usan para señalizar la posición del barco, las agujas, los círculos de marcar, los anteojos y cualquier otro instrumento estén en buen orden y funcionando. En pocas palabras, es el responsable de que todo el equipo de navegación y señales esté limpio, cuidado y listo para usarse cuando se necesite.
Texto oficial
Artículo 343.- Estarán a su cuidado los efectos de bitácora y vigilará que el guarda-banderas tenga éstas en el mejor orden de conservación y pronto servicio, así como los faroles de situación y señales, agujas, círculos de marcar, anteojos y demás instrumentos y objetos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.