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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
344

Artículo 344 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada mes, mínimo una vez y con permiso del Oficial de derrota, debes sacar todos los objetos y herramientas de la bitácora (el lugar donde se guardan mapas y registros de navegación) para limpiarlos a fondo, igual que los armarios y cuartos donde se guardan. Todos los días tienes que revisar que los cables que suben banderas y velas estén en buen estado. Cuando sea necesario, debes desplegar las banderas para que se aireen, poniendo las nacionales en la bitácora y en las barandillas; antes de guardarlas, asegúrate de reparar las que estén rotas. Con frecuencia, revisa los mecanismos del timón, checa sus conexiones y reporta cualquier falla al Oficial de derrota.

Texto oficial

Artículo 344.- Una vez al mes, por lo menos, hará sacar, previo aviso del Contramaestre de cargo y permiso del Oficial de derrota, todos los enseres y útiles de bitácora para que sean limpiados cuidadosamente, lo mismo que las taquillas y pañoles en que se guardan. Diariamente inspeccionará el estado de las drizas de tope, penoles y picos. Siempre que fuere necesario largará a orear todas las banderas, colocando las nacionales sobre la bitácora y batayolas, y antes de guardarlas cuidará que sean reparadas las que lo requieran. Con la debida frecuencia reconocerá los guardianes del timón, verificando las conexiones y retornos, y dará cuenta al Oficial de derrota de las novedades que hubiere. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 53 de 210

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 52) ↗

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