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Artículo 367 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El capitán de un barco tiene la obligación de cuidar a su tripulación. Antes de zarpar, debe revisar que los botes estén listos, cambiar al personal cuando sea necesario y asegurarse de que todos usen el uniforme adecuado. Si parece que va a llover, debe darles impermeables a los marineros, a los cabos de guardia y a los centinelas que estén al aire libre. Esto aplica para protegerlos del agua. En pocas palabras, el capitán debe velar porque su gente esté equipada y uniformada correctamente.

Texto oficial

Artículo 367.- Vigilará el embarque y la salida de los botes, relevará el personal de su dotación oportunamente, le inspeccionará y cuidará que vista el uniforme del día o el de servicio ordenado, y en caso de que amenace lluvia hará que se le provea de ropa de agua, lo mismo que a los cabos de guardia y a los centinelas y vigilantes apostados a la intemperie.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.