- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 374
Artículo 374 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 374 dice que, el día antes del lavado de ropa, después del atardecer, tienes que preparar las parrillas y largueros donde se cuelga la ropa, los coys (que son como hamacas para dormir) y las maletas, siguiendo las reglas internas del barco. Esa misma noche, con la ayuda del personal de servicio, debes llenar las tinas con agua dulce para repartirla a la tripulación. También tienes que asegurarte de que la tripulación se bañe y de que, al baldear (limpiar con agua), se laven los toldos, las velas, las fundas de los botes, la rueda del timón, las lumbreras (ventanas del barco) y las escotillas (puertas de la cubierta).
Texto oficial
Artículo 374.- La víspera del día que corresponda lavado, después de la puesta del sol, preparará las parrillas y largueros para ropa, coys, maletas, etc., según lo ordene el Reglamento interior; y durante la noche, con el personal de servicio, hará llenar las tinas de agua dulce que deberá repartirse a la tripulación. Cuidará del baño de ésta y de que en el baldeo se laven los toldos, velas y fundas de los botes, rueda del timón, lumbreras, escotillas, etc.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.