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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
392

Artículo 392 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que si un policía ve una falta que merece un castigo, pero no tiene la autoridad para aplicar ese castigo, debe pasar el caso a sus superiores o a la autoridad que sí pueda hacerlo. También les pide que hagan su trabajo con respeto hacia los demás, sin actuar con coraje o favoritismos, y que se comporten de manera seria, moderada y justa para que la gente los trate con consideración. En pocas palabras, los policías deben reportar lo que no puedan resolver y portarse bien para ganarse el respeto de la gente.

Texto oficial

Artículo 392.- Igualmente pondrán en su conocimiento toda falta que merezca pena y que ellos no puedan reprimir conforme a sus atribuciones, procurando que en el cumplimiento de su deber se les respete sin odio y se les guarde la debida consideración por su conducta circunspecta, sobria e imparcial.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 57) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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