- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 406
Artículo 406 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si trabajas como carpintero en una institución militar, tienes el mismo rango y autoridad que un soldado de grado equivalente, así que debes ser tratado con el mismo respeto y dar órdenes a los que están bajo tu cargo. También estás obligado a conocer las reglas internas de la corporación y esta ordenanza, en lo que te corresponda, para seguirlas y asegurarte de que tus subordinados también las cumplan. En pocas palabras, como obrero carpintero tienes mando sobre tu personal y debes aplicar el reglamento.
Texto oficial
Artículo 406.- Tendrán las consideraciones y mando que corresponden a su equivalencia militar y deberán conocer las disposiciones del Reglamento interior y las de esta Ordenanza, en la parte respectiva, para cumplirlas y hacerlas cumplir a sus subordinados. Obrero carpintero
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.