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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
469

Artículo 469 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un barco necesita personal, los marineros que van a trabajar ahí deben llevar su propio equipo para aprender. Esto incluye instrumentos, libros, mapas y diarios de navegación que estén en blanco, es decir, sin usar. Todo ese material les sirve para recibir entrenamiento, tanto práctico como teórico. La instrucción cubre temas científicos, militares y de navegación que son necesarios para el trabajo. Es como si te pidieran llevar tus cuadernos y herramientas para aprender bien el oficio antes de comenzar.

Texto oficial

Artículo 469.- Al ser destinados a la dotación de un buque, llevarán consigo los instrumentos, libros, cartas y diarios de navegación en blanco, necesarios para adquirir la instrucción teórica y práctica, científica, militar y marinera requerida.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 65) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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