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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
515

Artículo 515 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un oficial recibe la guardia, desde ese mismo momento él es el responsable de todo lo que pase. Nada relacionado con el servicio puede hacerse sin que él lo autorice o participe en ello.

Texto oficial

Artículo 515.- El oficial que reciba la guardia, quedará desde el momento en que verifique este acto, responsable de cuanto suceda, y no podrá ejecutarse cosa alguna relativa a cualquiera clase de servicio, sin su permiso o participación.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 70) ↗

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