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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
527

Artículo 527 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres el encargado de un almacén de armas o explosivos, tienes que recibir todo el material que te entreguen, pero haciendo un inventario detallado. Eso significa que debes anotar cada vez que entren o salgan municiones, aparatos explosivos, torpedos y cualquier cosa relacionada. Es como llevar una lista escrita bien clara de todo lo que hay y de los movimientos que ocurren. Así nadie puede decir que algo se perdió o se robó sin que quede registro.

Texto oficial

Artículo 527.- Estará obligado a recibir por inventario todos los efectos de su cargo, anotando el movimiento de municiones, artificios, torpedos y demás artículos del ramo.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 71) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.