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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
563

Artículo 563 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de que empiecen los disparos desde un barco, ya sea por entrenamiento, pelea, saludos o cualquier otra razón, los cronómetros (relojes de precisión) deben estar con las personas designadas para cuidarlos.

Texto oficial

Artículo 563.- Siempre que a bordo se haga uso de la artillería, bien sea en ejercicios, combate, saludos o con otro objeto, cuidará que los cronómetros se hallen en manos de los que se nombren para este efecto, antes de que empiecen los disparos.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 74) ↗

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