- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 569
Artículo 569 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el barco llega a otro puerto o tiene que cambiar de ruta, el capitán debe entregar su puesto de manera correcta. Para hacer esto, tiene que estar presente el Segundo Comandante y el Oficial de Equipo, que es como el encargado de la organización del barco. Así se aseguran que todo quede claro y sin problemas.
Texto oficial
Artículo 569.- En caso de transbordo u otra causa de desembarco, hará entrega de su cargo, en debida forma, con la intervención del Segundo Comandante y Oficial de equipo. TITULO DECIMO TERCERO Del Oficial de Equipo
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.