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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
568

Artículo 568 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada mes el Comandante del barco debe entregarle al Oficial del Detall unos papeles con información importante para que él los mande a la Secretaría de Guerra y Marina. Esos papeles incluyen un reporte sobre cómo están los cronómetros y si la aguja magnética tuvo problemas, y otro con lo que se gastó y lo que se compró. Cada vez que el barco termina un viaje, también hay que entregar un reporte de cómo fue la navegación. Y una vez al año, se manda un resumen de todos los viajes que se hicieron.

Texto oficial

Artículo 568.- Los documentos que deberá entregar cada mes al Oficial del Detall para ser remitidos por el Comandante a la Secretaría de Guerra y Marina, serán: I. Estado de cronómetros y perturbaciones de la aguja magistral. II. Relación de consumos y adquisiciones. Cada vez que rinda viaje: I. Estado de navegación. Cada año: I. Estado general de las navegaciones efectuadas.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 75) ↗

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