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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
585

Artículo 585 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 585 dice que hay ciertos libros y carpetones que debes tener para llevar un control ordenado. Los libros son como cuadernos oficiales donde anotas cosas específicas: uno para el inventario general (todo lo que tienes), otro para lo que compras y usas, otro para lo que ya no sirve o se retira, y otro más para el vestuario y equipo militar. Los carpetones son como carpetas grandes donde guardas papeles sueltos: una para reportes generales, otra para recibos de compras, otra para consumos, otra para exclusiones, y una última para comprobantes de los artículos que recibiste.

Texto oficial

Artículo 585.- Los libros y carpetones que deberá llevar, son los siguientes: I. Un libro de inventario general dividido por cargos cerrados. II. Un libro de consumos y adquisiciones. III. Un libro de exclusiones. IV. Un libro de vestuario y equipo militar. Los carpetones serán: I. Uno para estados generales. II. Uno para papeletas y adquisiciones. III. Uno para consumos. IV. Uno para exclusiones. V. Uno para archivar comprobantes de efectos recibidos.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 77) ↗

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