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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/601
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
601

Artículo 601 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los días a las diez de la mañana, los policías a bordo del barco van a revisar cada departamento, como las cocinas o las áreas de carga, y le reportan al Comandante cualquier problema o falla que vean. Es como un chequeo diario para que el barco esté en orden.

Texto oficial

Artículo 601.- Todos los días, a las diez de la mañana, pasará una revista de policía en los diferentes departamentos del buque, avisando al Comandante los defectos que note.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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