- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 627
Artículo 627 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se activa la alarma de combate en un barco, esta persona debe ir personalmente a cada área del barco para verificar que todos los oficiales y la tripulación estén en los puestos que les tocaron. Después de asegurarse, debe informarle al Comandante que todo está listo para la acción.
Texto oficial
Artículo 627.- Siempre que se toque zafarrancho de combate, pasará personalmente a todos los departamentos, para cerciorarse de que los Oficiales y tripulación ocupan el lugar que tienen designado y poder dar parte al Comandante de que todo está listo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.