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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/647
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
647

Artículo 647 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que si tú estás a cargo de un barco, no tienes mando directo sobre los trabajadores del arsenal ni controlas cómo hacen las obras o el equipo. Sin embargo, tienes la obligación de revisar bien que todo se haga siguiendo los planos y las especificaciones, que se usen materiales de buena calidad y que los suministros sean los correctos según las reglas. Si algo no está en orden, debes reportarlo de inmediato.

Texto oficial

Artículo 647.- Sin ejercer autoridad sobre el personal del Arsenal encargado del trabajo del buque de su mando, ni dirección en las obras y equipo, cuidará minuciosamente de que todas ellas se hagan conforme a los planos y pliegos de especificaciones, que se empleen buenos materiales de construcción y que los pertrechos sean de acuerdo con lo reglamentado, debiendo representar en caso contrario.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 84) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.