- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 715
Artículo 715 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada tres meses, el capitán o encargado del barco tiene que entregar un reporte bien detallado sobre todo el equipo del barco, como las anclas, cadenas, velas, máquinas, calderas y hasta la artillería y pólvora. En ese informe debe decir con lujo de detalle qué partes ya necesitan una reparación urgente para que el barco pueda seguir funcionando bien. Es como un checar el estado del coche periódicamente, pero para saber qué piezas del barco ya están fallando y necesitan arreglarse pronto.
Texto oficial
Artículo 715.- Cada tres meses rendirá informes detallado sobre las anclas, cadenas, velas de servicio y de respeto, máquinas, calderas, artillería, pólvora y demás pertrechos del buque, y muy particularmente sobre los que necesiten pronta reparación para el servicio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.