- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 736
Artículo 736 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Antes de que el barco se vaya (zarpe), el capitán debe pedir a sus oficiales un reporte por escrito, que le entreguen a través del oficial a cargo del detalle, confirmando que cada departamento tiene todo lo necesario según la lista oficial. Si falta algo, el capitán debe arreglarlo si puede, y si no, avisarle a la Secretaría correspondiente para que tomen cartas en el asunto.
Texto oficial
Artículo 736.- Antes de zarpar, hará que los Oficiales de cargo le den, por conducto del Jefe del Detall, parte escrito de que sus departamentos respectivos están provistos de todos los efectos necesarios conforme al pliego de cargo general. En caso de que haya deficiencias, pondrá el remedio, si fuere posible, y dará parte a la Secretaría del ramo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.