Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/743
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
743

Artículo 743 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagínate que eres el capitán de un barco. Tu trabajo es asegurarte de que los oficiales y aprendices anoten todo lo que pasa en el viaje, como la ruta que siguen y un diario con los eventos importantes. También debes revisar seguido que los aparatos de navegación, como la brújula o el reloj, estén funcionando bien. Si navegas con otros barcos, procura no estorbarles cuando estén haciendo sus mediciones. Y siempre calcula por ti mismo la posición del barco para poder tomar la mejor decisión si algo no queda claro.

Texto oficial

Artículo 743.- Cuidará que sus Oficiales y Aspirantes lleven cuenta de la derrota y formen diario y extracto de todo lo que ocurra; hará examinar y rectificar con frecuencia las medidas de corredera, ampolletas, errores de compases, cronómetros y otros instrumentos; atendiendo, si navegan en Escuadra, a no situarse en horas de observación de manera que estorbe a otro buque a hacer las suyas, y en todos los casos trabajará su punto por sí, para estar en disposición de tomar el mejor partido en caso de duda.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 94) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.