- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 777
Artículo 777 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si estás en un lugar alejado y con poca comunicación con el resto del país, y ves señales de que podría haber una guerra, aunque sea muy pequeña, tienes que tomar medidas para protegerte de cualquier ataque sorpresa. Esto aplica a quien esté a cargo de la seguridad en esa zona. Básicamente, si hay sospechas de conflicto, hay que adelantarse y asegurarse de no ser tomado por sorpresa.
Texto oficial
Artículo 777.- Si en sitios remotos y escasamente comunicados con la República, descubriere indicios de guerra, por leves que sean, tomará las precauciones necesarias para ponerse al abrigo de las sorpresas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.