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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
799

Artículo 799 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Médicos Subinspectores de Escuadra o Departamento (que son doctores con cierto rango) deben obedecer a sus jefes directos como cualquier otro trabajador. Además, en lo que se refiere a su trabajo médico y las reglas del servicio, tienen que reconocer a un Jefe específico y pasarle toda la información, reportes y sugerencias que crean que ayudan a mejorar el servicio que les tocó hacer.

Texto oficial

Artículo 799.- Los Médicos Subinspectores de Escuadra o Departamento, además de la natural subordinación que deben a los Jefes de quienes dependan, reconocerán en la parte facultativa y reglamentaria de su servicio, al Jefe de éste, pasándole todas las noticias, estados y proposiciones que juzguen en bien del servicio que les está encomendado.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 100) ↗

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