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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
845

Artículo 845 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que una persona en la Armada debe hacer bien y sin peros todos los trabajos o tareas que le encarguen sus jefes, ya sea la Secretaría de Marina (que es la dependencia encargada) o los comandantes que estén al mando de una flota, división o departamento. Es como cuando tu jefe te pide algo en el trabajo y tienes que cumplirlo a tiempo y de buena gana. La palabra "comisiones" aquí se refiere a misiones o deberes específicos, no a dinero. En corto, significa que debes obedecer y cumplir con las órdenes de tus superiores sin excusas.

Texto oficial

Artículo 845.- Cumplirá eficazmente todas las comisiones que le dieren la Secretaría del ramo y los Comandantes en Jefe de la Escuadra, División o Departamento. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 105 de 210

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 104) ↗

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