- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 844
Artículo 844 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 844 dice que el Maquinista Subinspector de Escuadra (una persona encargada de supervisar las máquinas de los barcos) tiene que revisar que todo funcione bien en las máquinas de los buques. Debe hacerlo al menos una vez a la semana, y sin falta cada vez que un barco llegue al puerto principal donde está su base. Al revisar, tiene que ver cómo están las máquinas, cuánto combustible se gastó y qué piezas se cambiaron en el viaje, y también cómo trabajaron los maquinistas y fogoneros que las operan y cuidan. En pocas palabras, es el responsable de que las máquinas estén en buen estado y de checar que el equipo las maneje correctamente.
Texto oficial
Artículo 844.- El Maquinista Subinspector de Escuadra, División o Departamento, será responsable del buen servicio de las máquinas de los buques, las que visitará una vez por lo menos cada semana, e indispensablemente a la llegada de un barco a la matriz de que dependa, para cerciorarse de cómo se hallan, de lo consumido y excluido durante el viaje, y del comportamiento de los maquinistas y fogoneros encargados de su manejo, conservación y entretenimiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.