- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 886
Artículo 886 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tú, como encargado, tienes que asegurarte de que todas las herramientas y piezas importantes para tu puesto se reciban y se acomoden bien antes de que el barco salga. Así cada cosa estará en su lugar y será fácil de agarrar cuando la necesites. También debes entregar al almacén cualquier equipo que no se vaya a usar durante el viaje. En pocas palabras, organízate para que no falte nada y todo esté a la mano.
Texto oficial
Artículo 886.- Cuidará que los artículos y piezas de respeto pertenecientes a su cargo, sean recibidos y estibados con la debida anticipación a la salida del buque, para que cada objeto se halle en su lugar y no ofrezca dificultad tomarlo cuando se necesite, teniendo cuidado de que los pertrechos que no fueren necesarios en el viaje se entreguen al almacén respectivo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.