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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
892

Artículo 892 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ves que un compañero de guardia está descuidando sus deberes o haciendo algo mal en el servicio, tienes que reportarlo al Comandante por el conducto correcto (como hablar con tu jefe directo o seguir el procedimiento militar establecido). Esto es para que le hagan los cargos que correspondan, es decir, para que lo investiguen y, si es culpable, lo sancionen según las reglas.

Texto oficial

Artículo 892.- Cualquiera omisión que notare en el servicio a que se refieren los dos artículos anteriores, la pondrá en conocimiento del Comandante, por los conductos debidos, para que se hagan al infractor los cargos que procedan.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 109) ↗

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