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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
898

Artículo 898 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los maquinistas del barco deben llevar un cuaderno especial llamado "libro de guardia". Cada maquinista tiene que firmar ese libro cuando termine su turno de trabajo. Al final del viaje, ese cuaderno se le tiene que entregar al Comandante y al Oficial que lleva el rumbo del barco para que lo revisen.

Texto oficial

Artículo 898.- En la mar hará que los Maquinistas lleven un libro de guardia, firmado por cada uno al concluir la suya, cuyo libro será presentado al Comandante y Oficial de derrota, cuando se rinda el viaje.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 109) ↗

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