- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 898
Artículo 898 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los maquinistas del barco deben llevar un cuaderno especial llamado "libro de guardia". Cada maquinista tiene que firmar ese libro cuando termine su turno de trabajo. Al final del viaje, ese cuaderno se le tiene que entregar al Comandante y al Oficial que lleva el rumbo del barco para que lo revisen.
Texto oficial
Artículo 898.- En la mar hará que los Maquinistas lleven un libro de guardia, firmado por cada uno al concluir la suya, cuyo libro será presentado al Comandante y Oficial de derrota, cuando se rinda el viaje.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.