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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
901

Artículo 901 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Al final del día, justo cuando se pone el sol, el encargado tiene que entregar un reporte por escrito al Comandante. En ese reporte debe decir cómo están la máquina, las calderas y todo lo que depende de ellas. Después de eso, el encargado recibe las órdenes que el Comandante le dé para lo que se tenga que hacer durante la noche.

Texto oficial

Artículo 901.- A la puesta del sol informará diariamente por escrito al Comandante respecto al estado en que se encuentren la máquina, calderas y sus dependencias, recibiendo las órdenes que aquél tuviere que comunicarle para el servicio de noche. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-10-2000 110 de 210

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 109) ↗

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