- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 928
Artículo 928 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 928 dice que todos los marinos, soldados o personal de la Armada deben tratar con respeto y educación a sus jefes, y también a los civiles que, por algún motivo especial, tengan autoridad sobre ellos. En pocas palabras, si estás en la Armada, tienes que ser cortés tanto con tus superiores militares como con cualquier persona no militar que esté a cargo de ti en una situación específica. Esto aplica para mantener el orden y la disciplina en tu trabajo.
Texto oficial
Artículo 928.- Todo individuo de la Armada deberá tratar con respeto y cortesía a sus superiores, y a los empleados no militares que por alguna circunstancia especial tuvieren autoridad sobre él.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.