- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 929
Artículo 929 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los altos mandos de la Armada (como generales, jefes y oficiales) no pueden dejar su puesto de trabajo si el Gobierno no les da permiso por escrito. Esto quiere decir que no pueden simplemente irse o renunciar a su cargo sin autorización de sus superiores. Si lo hacen, estarían violando esta regla. La idea es que siempre deben cumplir con la responsabilidad que les asignaron, a menos que reciban una orden clara para moverse.
Texto oficial
Artículo 929.- Por ningún motivo podrán los Generales, Jefes y Oficiales de la Armada abandonar el puesto que les hubiere dado el Gobierno, sin expresa autorización de la superioridad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.