- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 935
Artículo 935 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 935 dice que los soldados o subordinados no pueden cambiar las órdenes que les dan sus jefes, a menos que cumplirlas los meta en un problema muy gordo o peligroso. Si una orden es así de riesgosa, debe entregarse por escrito, no de palabra. Básicamente, si un superior te pide algo que te puede causar un desmadre legal o personal, puedes cuestionarlo, pero solo si está por escrito.
Texto oficial
Artículo 935.- Queda prohibido al inferior modificar las órdenes superiores que reciba, excepto aquellas cuya ejecución le entrañe grave responsabilidad. Las disposiciones de este género se comunicarán precisamente por escrito.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.