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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
934

Artículo 934 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los militares (de general a oficial) tienen que obedecer las órdenes que les den sus jefes, ya sea por escrito o de palabra, aunque esas órdenes sean diferentes a las que ya les habían dado antes. Pero si pasa eso, deben informar de manera respetuosa a su superior que ya tenían otras instrucciones que no coinciden con las nuevas. Esto aplica para dejar claro el conflicto entre órdenes, no para desobedecer.

Texto oficial

Artículo 934.- Los Generales, Jefes y Oficiales deberán cumplir las órdenes que por escrito o verbalmente reciban de sus superiores, aun cuando fueren contrarias a las especiales que antes se les hubieren dado, pero en este caso deberán exponer respetuosamente a dichos superiores, las instrucciones u órdenes recibidas con anterioridad y que estén en discordancia con las nuevas.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 113) ↗

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