- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 934
Artículo 934 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los militares (de general a oficial) tienen que obedecer las órdenes que les den sus jefes, ya sea por escrito o de palabra, aunque esas órdenes sean diferentes a las que ya les habían dado antes. Pero si pasa eso, deben informar de manera respetuosa a su superior que ya tenían otras instrucciones que no coinciden con las nuevas. Esto aplica para dejar claro el conflicto entre órdenes, no para desobedecer.
Texto oficial
Artículo 934.- Los Generales, Jefes y Oficiales deberán cumplir las órdenes que por escrito o verbalmente reciban de sus superiores, aun cuando fueren contrarias a las especiales que antes se les hubieren dado, pero en este caso deberán exponer respetuosamente a dichos superiores, las instrucciones u órdenes recibidas con anterioridad y que estén en discordancia con las nuevas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.