- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 952
Artículo 952 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres un militar de alto rango en la Armada y le cambias las órdenes a un marinero para que no cumpla con su servicio o haga algo distinto a lo que se le indicó, estás obligado a explicar por escrito a tu jefe o a la Secretaría de Marina por qué lo hiciste. Además, te conviertes en el único responsable de lo que pase por esas órdenes, a menos que puedas demostrar que actuaste pensando en el beneficio de todos.
Texto oficial
Artículo 952.- El General, Jefe u Oficial que distrajere del servicio obligatorio a cualquier individuo de la Armada o le exigiere obrar en sentido contrario a las instrucciones que haya recibido, deberá manifestar por escrito al Jefe de quien dependa o a la Secretaría del ramo, los motivos que lo determinaron, constituyéndose único responsable de las consecuencias de sus órdenes, si no probare satisfactoriamente que obró en bien del interés público.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.