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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
952

Artículo 952 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un militar de alto rango en la Armada y le cambias las órdenes a un marinero para que no cumpla con su servicio o haga algo distinto a lo que se le indicó, estás obligado a explicar por escrito a tu jefe o a la Secretaría de Marina por qué lo hiciste. Además, te conviertes en el único responsable de lo que pase por esas órdenes, a menos que puedas demostrar que actuaste pensando en el beneficio de todos.

Texto oficial

Artículo 952.- El General, Jefe u Oficial que distrajere del servicio obligatorio a cualquier individuo de la Armada o le exigiere obrar en sentido contrario a las instrucciones que haya recibido, deberá manifestar por escrito al Jefe de quien dependa o a la Secretaría del ramo, los motivos que lo determinaron, constituyéndose único responsable de las consecuencias de sus órdenes, si no probare satisfactoriamente que obró en bien del interés público.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 114) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.