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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/218/958
Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
958

Artículo 958 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que no puedes cambiar la distribución de los cuartos donde duermen los oficiales en un barco, a menos que un superior lo autorice. Tampoco puedes modificar ni perforar los mamparos estancos, que son las paredes que evitan que entre agua en caso de emergencia. Está prohibido hacerles hoyos aunque sea para poner ventilación o ventanas.

Texto oficial

Artículo 958.- Tampoco se hará cambio alguno en la distribución de las cámaras y alojamientos de Oficiales, sin autorización de la superioridad, y mucho menos en los mamparos-estancos, ni agujerearlos con pretexto de ventilación o lumbrera.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 115) ↗

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