- Ley
- ORDENANZA General de la Armada
- Artículo
- 958
Artículo 958 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que no puedes cambiar la distribución de los cuartos donde duermen los oficiales en un barco, a menos que un superior lo autorice. Tampoco puedes modificar ni perforar los mamparos estancos, que son las paredes que evitan que entre agua en caso de emergencia. Está prohibido hacerles hoyos aunque sea para poner ventilación o ventanas.
Texto oficial
Artículo 958.- Tampoco se hará cambio alguno en la distribución de las cámaras y alojamientos de Oficiales, sin autorización de la superioridad, y mucho menos en los mamparos-estancos, ni agujerearlos con pretexto de ventilación o lumbrera.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.