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Ley
LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Artículo
35

Artículo 35 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todos los miembros de la Armada deben portarse bien y con buenos modales en todo momento. No deben hacer cosas que hagan quedar mal a la institución o que le resten respeto ante la gente. Es como decir que deben cuidar su imagen para no dañar la reputación de la Armada.

Texto oficial

Artículo 35.- El personal de la Armada actuará siempre con la mejor compostura y educación, absteniéndose de crear situaciones que causen desdoro o desprestigio a la Institución.

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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