Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/252/67
Ley
LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Artículo
67

Artículo 67 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te acusan de cometer una falta grave en el trabajo o en algún lugar donde aplica esta ley, puedes evitar el castigo si pruebas que fue por algo que no pudiste controlar, como un accidente o un desastre natural. A esto se le llama "fuerza mayor", que son situaciones impredecibles e inevitables, como un temblor o una inundación. La ley dice que no te pueden sancionar si demuestras que la falta pasó por esa causa.

Texto oficial

Artículo 67.- Las infracciones clasificadas como faltas a la disciplina en la presente Ley, no serán sancionables cuando se demuestre que ocurrieron por causa de fuerza mayor.

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.