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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/252/75
Ley
LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Artículo
75

Artículo 75 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los organismos disciplinarios son los grupos que revisan si alguien rompió las reglas. Este artículo dice que esos grupos pueden crear y usar sus propias reglas para trabajar. No tienen que seguir un solo manual para todos, sino que cada uno decide cómo hacer las cosas. Su reglamento es como su propio instructivo de cómo van a operar.

Texto oficial

Artículo 75.- Los organismos disciplinarios funcionarán de acuerdo a su propio reglamento.

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México (pág. 12) ↗

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