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Artículo 23 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para entrar a trabajar en el Sistema por primera vez, el gobierno va a publicar convocatorias abiertas para que cualquiera pueda postularse, pero solo cuando haya vacantes disponibles. Esto depende de lo que cada institución necesite y del dinero que tenga aprobado para el año. Si no hay plazas nuevas en alguna dependencia, simplemente no se abre la convocatoria. Antes de empezar el proceso de reclutamiento, la Secretaría hará pláticas o eventos informativos para animar a la gente a participar en el concurso anual. Básicamente, solo llaman a nuevos trabajadores si hay presupuesto y lugares libres.

Texto oficial

Artículo 23.- El reclutamiento se llevará a cabo a través de convocatorias públicas abiertas para ocupar las plazas del primer nivel de ingreso al Sistema. Este proceso dependerá de las necesidades institucionales de las dependencias para cada ejercicio fiscal de acuerdo al presupuesto autorizado. En caso de ausencia de plazas de este nivel en las dependencias, no se emitirá la convocatoria. Previo al reclutamiento, la Secretaría organizará eventos de inducción para motivar el acercamiento de aspirantes al concurso anual.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.