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Artículo 29 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La selección es el proceso donde revisan qué tan listos, preparados y con experiencia están los que quieren entrar al Sistema. Su objetivo es asegurar que solo pasen los que cumplan con lo que pide el puesto y sean los mejores para hacer el trabajo. Este proceso incluye exámenes de conocimientos y habilidades, más otros puntos que decida el Comité encargado, según lo que necesite el puesto. Todo esto debe hacerse de manera justa, dando las mismas oportunidades a todos y premiando el mérito. Para decidir los resultados, los Comités pueden pedir ayuda a expertos en el tema.

Texto oficial

Artículo 29.- La selección es el procedimiento que permite analizar la capacidad, conocimientos, habilidades y experiencias de los aspirantes a ingresar al Sistema. Su propósito es el garantizar el acceso de los candidatos que demuestren satisfacer los requisitos del cargo y ser los más aptos para desempeñarlo. El procedimiento comprenderá exámenes generales de conocimientos y de habilidades, así como los elementos de valoración que determine el Comité respectivo y que se justifiquen en razón de las necesidades y características que requiere el cargo a concursar. Éstos deberán asegurar la participación en igualdad de oportunidades donde se reconozca el mérito. Para la determinación de los resultados, los Comités podrán auxiliarse de expertos en la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.