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Artículo 31 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando quieras ocupar un puesto en el servicio público de carrera, van a revisar varias cosas para decidir si eres el indicado. Entre esas cosas, importa mucho qué tanto sabes (tus conocimientos), tu experiencia y cómo te fue en los puestos anteriores más abajo del que buscas. Pero ojo: el resultado de tu examen de conocimientos no es lo único que cuenta, a menos que nadie saque al menos la calificación mínima para pasar. En ese caso, sí, el examen se vuelve el único factor para decidir quién gana el puesto.

Texto oficial

Artículo 31.- El examen de conocimientos, la experiencia y la aptitud en los cargos inmediatos inferiores de la vacante serán elementos importantes en la valoración para ocupar un cargo público de carrera. No será elemento único de valoración el resultado del examen de conocimientos, excepto cuando los aspirantes no obtengan una calificación mínima aprobatoria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.