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Artículo 36 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los Comités y la Secretaría van a armar juntos el sistema de desarrollo profesional. Esto significa que van a usar un catálogo para crear caminos claros de cómo subir de puesto o promocionar a los trabajadores de carrera. También tendrán que poner las reglas exactas que esos empleados deben cumplir para poder aspirar a mejores posiciones. Todo esto está pensado para que los ascensos sean ordenados y con reglas parejas para todos.

Texto oficial

Artículo 36.- Los Comités, en coordinación con la Secretaría, integrarán el Subsistema de Desarrollo Profesional y deberán, a partir del Catálogo, establecer trayectorias de ascenso y promoción, así como sus respectivas reglas a cubrir por parte de los servidores públicos de carrera.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.