Artículo 1 de la LEY para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1 explica dos conceptos importantes para esta ley: - "Tiempo de servicio efectivo" es el tiempo que cuentas desde que entras a la Armada de México hasta que te separas definitivamente, pero solo después de restarle los períodos que la ley dice que no cuentan. - "Tiempo de servicios" es ese mismo tiempo de servicio efectivo, pero sumándole los "abonos de tiempo" que la ley te da por ciertas situaciones especiales. En pocas palabras, el tiempo de servicios es más amplio que el tiempo efectivo porque incluye bonos de tiempo.
Texto oficial
ARTÍCULO 1.- Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: I.- Tiempo de servicio efectivo, aquel que se le contará al personal a partir del día de su ingreso a la Armada de México hasta su separación definitiva de la misma, haciéndole las deducciones establecidas en esta Ley, y II.- Tiempo de servicios, aquel que comprende el tiempo del servicio efectivo del personal más los abonos de tiempo establecidos en esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.