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Artículo 1 de la LEY de Contribución de Mejoras por Obras Públicas Federales de Infraestructura Hidráulica

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley habla de las mejoras que el gobierno federal hace en obras de agua, como presas, canales o tuberías. Cuando estas obras benefician directamente a una persona o a una empresa, la ley establece cómo se maneja ese beneficio. Las obras incluyen desde construir algo nuevo hasta reparar o ampliar lo que ya existe, siempre que sirvan para usar o distribuir aguas nacionales, ya sean de ríos o del subsuelo.

Texto oficial

ARTICULO 1o.- Es objeto de la presente Ley las mejoras por obras públicas federales de infraestructura hidráulica construidas por dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, que benefician en forma directa a personas físicas o morales. Las obras públicas a que se refiere esta Ley, son las que permiten usar, aprovechar, explotar, distribuir o descargar aguas nacionales, sean superficiales o del subsuelo, así como la reparación, terminación, ampliación y modernización de las mismas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

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