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Artículo 16 de la LEY de Extradición Internacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si otro país te pide en extradición, debe presentar documentos muy claros para que México los acepte. Primero, tiene que decir exactamente de qué delito te acusan. Luego, deben mostrar pruebas de que el delito sí ocurrió y que tú eres el probable responsable; si ya te sentenciaron, basta con la copia de la sentencia final. También tienen que incluir la orden de aprehensión en tu contra y todos tus datos para identificarte y ubicarte. Si los documentos están en otro idioma, deben venir traducidos al español y con su firma legalizada.

Texto oficial

ARTICULO 16.- La petición formal de extradición y los documentos en que se apoye el Estado solicitante, deberán contener: I.- La expresión del delito por el que se pide la extradición; II. La prueba que acredite el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del reclamado. Cuando el individuo haya sido condenado por los Tribunales del Estado solicitante, bastará acompañar copia auténtica de la sentencia ejecutoriada; Fracción reformada DOF 10-01-1994, 18-05-1999 LEY DE EXTRADICIÓN INTERNACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-05-2021 4 de 18 III.- Las manifestaciones a que se refiere el artículo 10, en los casos en que no exista tratado de extradición con el Estado solicitante. IV.- La reproducción del texto de los preceptos de la Ley del Estado solicitante que definan el delito y determinen la pena, los que se refieran a la prescripción de la acción y de la pena aplicable y la declaración autorizada de su vigencia en la época en que se cometió el delito; V.- El texto auténtico de la orden de aprehensión que, en su caso, se haya librado en contra del reclamado; y VI.- Los datos y antecedentes personales del reclamado, que permitan su identificación, y siempre que sea posible, los conducentes a su localización. Los documentos señalados en este artículo y cualquier otro que se presente y estén redactados en idioma extranjero, deberán ser acompañados con su traducción al español y legalizados conforme a las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.