- Ley
- LEY de Nacionalidad
- Artículo
- 29
Artículo 29 de la LEY de Nacionalidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La pérdida de nacionalidad mexicana por naturalización (cuando alguien se hizo mexicano después de haber nacido en otro país) solo aplica a la persona que recibe la resolución, no a su familia. Esto significa que si a ti te quitan la nacionalidad, tu esposa, esposo o hijos no pierden la suya por tu causa. Cada quien es responsable de su propio estatus.
Texto oficial
Artículo 29.- La pérdida de la nacionalidad mexicana por naturalización exclusivamente afectará a la persona sobre la cual recaiga la resolución respectiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.